Se conoce como Juicio a
las Juntas al proceso judicial realizado por la justicia civil en la Argentina
en 1985 por orden del presidente Raúl Ricardo Alfonsín (1983-1989) contra los
integrantes de las tres primeras juntas militares de la dictadura
autodenominada Proceso de Reorganización Nacional (1976-1983), debido a sus
graves y masivas violaciones de derechos humanos. El 15 de diciembre de 1983,
cinco días después de asumir, Alfonsín sancionó el Decreto Nº 158/83 ordenando
someter a juicio sumario a nueve militares de las tres armas que integraron las
Juntas que dirigieron el país desde el golpe militar del 24 de marzo de 1976
hasta la Guerra de las Malvinas en 1982: Jorge Rafael Videla, Orlando Ramón
Agosti, Emilio Eduardo Massera, Roberto Eduardo Viola, Omar Graffigna, Armando
Lambruschini, Leopoldo Fortunato Galtieri, Basilio Lami Dozo y Jorge Anaya. El
expediente tramitó por la desde entonces emblemática "Causa 13/84". La sentencia fue dictada
el 9 de diciembre de 1985, condenando a cinco de los militares acusados y
absolviendo a cuatro. Videla y Massera fueron condenados a reclusión perpetua
con destitución. Viola fue condenado a 17 años de prisión, Lambruschini a 8
años de prisión, y Agosti a 4 años y 6 meses de prisión, todos con destitución.
Graffigna, Galtieri, Lami Dozo y Anaya fueron absueltos. El tribunal consideró
que las juntas militares habían elaborado un sistema ilícito para reprimir a
"la subversión" que llevó a que se cometieran "gran número de
delitos de privación ilegal de la libertad, a la aplicación de tormentos y a homicidios",
garantizando su impunidad.
El juicio tuvo una gran
trascendencia internacional y sobre todo para la región, en donde gobernaron
dictaduras similares coordinadas a nivel continental por el Plan Cóndor que
cometieron crímenes de lesa humanidad de forma sistemática y planeada desde lo
más alto del poder. El juicio constituye un capítulo de importancia en la
historia universal y ubicó a la Argentina en un lugar de vanguardia en la lucha
por lograr que se respeten los derechos humanos. Con el fin de dar un
fuerte apoyo a la investigación sobre violaciones de derechos humanos durante
la dictadura, el presidente Alfonsín creó una comisión de ciudadanos notables,
que llamó Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (Conadep), estuvo
integrada por ocho miembros elegidos por el presidente, tres miembros elegidos
por la Cámara de Diputados, y cinco secretarios. Entre ellos se encontraban el
escritor Ernesto Sabato, el médico René Favaloro, el científico Gregorio
Klimovsky, el rabino Marshall T. Meyer, el pastor evangélico Carlos Gattinoni,
el sacerdote católico Jaime de Nevares, la periodista Magdalena Ruiz Guiñazú y
la activista de derechos humanos Graciela Fernández Meijide. Los miembros de la Conadep
recorrieron la Argentina, España, Francia, México y otros países entrevistando
a eventuales testigos de violaciones de derechos humanos. Tuvo la virtud de
promover la confianza para que esos testimonios salieran a la luz. El resultado
fue un cuadro aterrador que superó las peores evaluaciones previas.
Fundamentalmente quedó en evidencia que las violaciones masivas de derechos
humanos fueron ejecutadas sistemáticamente obedeciendo a un plan decidido en
los niveles más altos del gobierno militar. La comisión trabajó nueve meses y
elaboró un informe de 50.000 páginas que está considerado como un monumento
jurídico y uno de los documentos más importantes de la historia de los derechos
humanos.
La Conadep documentó
acabadamente alrededor de 9.000 casos concretos de violaciones de derechos
humanos. Por su seriedad y neutralidad, el Informe
Nunca Más no sólo constituyó una prueba fundamental en el Juicio contra
las Juntas, sino que produjo un impacto cultural de enorme magnitud en la sociedad
argentina. En 20 de septiembre de 1984 la Conadep produjo su famoso informe
titulado Nunca Más que fue publicado como Nunca más (libro) y sus miembros
concurrieron a entregarlo al presidente Raúl Alfonsín a la Casa Rosada
acompañados de una multitud de 70.000 personas. Las demoras y la falta de
voluntad en las Fuerzas Armadas para enjuiciar realmente a los jefes militares
se hizo evidente desde un comienzo. El 13 de febrero de 1984 el Congreso
sancionó la Ley 23.049 de reforma del Código de Justicia Militar estableciendo
que la justicia militar sólo atendería delitos de tipo militar (abandono de
guardia, deserción, insubordinación, etc.). Cualquier otro delito cometido por
un militar debía ser atendido por la justicia civil. Además, se estableció que
las sentencias de los tribunales militares podían ser apeladas ante la Cámara
Federal (tribunal civil) y que si el juicio se demoraba injustificadamente, la
Cámara Federal podía hacerse cargo directamente de la causa. Debido a que la cantidad
de delitos sobre los que existían constancias superaban los diez mil, el fiscal
Strassera tomó la decisión de recurrir a un mecanismo utilizado por el Consejo
Europeo de Derechos Humanos, sobre la base de casos paradigmáticos. La fiscalía
presentó entonces 709 casos, de los cuales el tribunal decidió examinar 280. Entre
el 22 de abril y el 14 de agosto de 1985 se realizó la audiencia pública en la
Sala de Audiencias del Palacio de Justicia de la Nación. En ella declararon 833
personas, entre ellos ex detenidos desaparecidos, familiares de las víctimas y
personal de las fuerzas de seguridad. Las 530 horas que duró fueron filmadas en
147 videocintas.
Las atrocidades que
revelaron muchos de esos testimonios sacudieron hondamente la conciencia de la
opinión pública argentina y mundial. El escritor Jorge Luis Borges, quien
asistiera a una de ellas, relató su vivencia en un artículo para la agencia
española EFE con el título de "Lunes, 22 de julio de 1985". En una
parte de dicho relato dice:
“De las
muchas cosas que oí esa tarde y que espero olvidar, referiré la que más me
marcó, para librarme de ella. Ocurrió un 24 de diciembre. Llevaron a todos los
presos a una sala donde no habían estado nunca. No sin algún asombro vieron una
larga mesa tendida. Vieron manteles, platos de porcelana, cubiertos y botellas
de vino. Después llegaron los manjares (repito las palabras del huésped). Era
la cena de Nochebuena. Habían sido torturados y no ignoraban que los
torturarían al día siguiente. Apareció el Señor de ese Infierno y les deseó
Feliz Navidad. No era una burla, no era una manifestación de cinismo, no era un
remordimiento. Era, como ya dije, una suerte de inocencia del mal”
El informe de la Conadep y
el juicio a las juntas hicieron que la generalidad de la población se enterara,
por primera vez y sin posibilidades de negarlo, de lo que había sucedido en el
país en los últimos años con lujo de detalles. El juicio fue el primero en
Buenos Aires oral y público, eso significó que en las audiencias estaba abierta
la entrada al público en general, pero no eran tantas las personas que cabían.
El juicio fue televisado años más tarde, el 24 de agosto de 1998, pero sin
sonido. Los militares todavía gozaban del poder suficiente como para evitar que
se escuchara por la televisión pública las declaraciones de los testigos.
Jorge Rafael Videla fue condenado a reclusión perpetua e inhabilitación absoluta perpetua
con la accesoria de destitución como autor responsable de los delitos de
homicidio agravado por alevosía reiterado en 16 casos, por homicidio agravado
por alevosía y por el concurso de varias personas en 50 casos, por la privación
ilegal de la libertad agravada por amenazas y violencias en 306 casos, por
tormentos en 93 casos, por tormentos seguidos de muerte en 4 casos, por robo en
26; y fue absuelto por falta de pruebas por homicidio calificado en 19 casos,
privación ilegítima de la libertad calificada en 94 casos, tormentos en 164
casos, por robo en 64 casos, por sustracción de menor en 6 casos, por reducción
a servidumbre en 23 casos, por usurpación en 5 casos, por secuestro extorsivo
en 3 casos, por falsedad ideológica en 120 casos y por supresión de documento público.
Emilio Eduardo Massera fue condenado a reclusión perpetua e inhabilitación
absoluta perpetua con la accesoria de destitución como autor responsable de los
delitos de homicidio agravado por alevosía en 3 casos, por privación ilegal de
la libertad calificada por violencia y amenazas en 69 casos, por tormentos
reiterados en 12 casos y por robo en 7 casos; y fue absuelto por falta de
pruebas por homicidio calificado en 83 casos, por privación ilegal de la
libertad calificada en 440 casos, por tormentos reiterados en 260 casos, por robo
en 99 casos, por tormentos seguidos de muerte en 5 casos, por sustracción de
menor en 6 oportunidades, por supresión de documento público, por reducción a
servidumbre en 23 casos, por usurpación en 5 casos, por secuestro extorsivo,
por extorsión en 2 casos y por falsedad ideológica en 127 casos.
Roberto Eduardo Viola fue condenado a 17 años de prisión y a inhabilitación
absoluta perpetua con la accesoria de destitución.
Armando Lambruschini fue condenado a 8 años de prisión y a inhabilitación absoluta perpetua
con la accesoria de destitución.
Orlando Ramón Agosti fue condenado a 4 años y 6 meses de prisión y a inhabilitación
absoluta perpetua con la accesoria de destitución.
El 29 de diciembre de 1990
el presidente Carlos Menem dictó el Decreto 2741/90 indultando a los cinco
condenados. El citado decreto integra lo que ha dado en llamarse en Argentina
las leyes de impunidad, junto con los indultos a otros criminales de lesa
humanidad también dictador por Menem, y las leyes de Punto Final (1986) y Obediencia
Debida (1987), sancionadas a iniciativa del presidente Raúl Alfonsín. En 2003,
durante la presidencia de Néstor Kirchner, se inició un proceso de
cuestionamiento judicial de la constitucionalidad de los indultos que finalizó
en 2010 con un fallo de la Corte Suprema de Justicia confirmando las nulidades
de los mismos decididas por los tribunales inferiores y ordenando que los
condenados en el Juicio a las Juntas cumplieran las condenas que se les habían
impuesto. Por primera vez en la
historia mundial un grupo de dictadores debieron comparecer ante tribunales de
su propio pueblo que los juzgó por sus crímenes. A diferencia de los Juicios de
Núremberg, que fueron llevados a cabo por los vencedores o los de la ex
Yugoeslavia en donde también fueron juzgados por tribunales internacionales o
el Tribunal de Camboya que tiene un estatuto especial completamente
independiente del sistema judicial del país, este juicio se realizó en el mismo
país de los acusados, con las leyes del propio país y con fiscales, abogados y
jueces compatriotas. El juicio a las juntas
argentinas constituyó un hito en la historia para todos los países de la
región, permitiendo que en los diferentes procesos de transición se contara con
un precedente importante a la hora de combatir jurídicamente la impunidad de
los responsables de los gobiernos dictatoriales. Llevar a la justicia a los
militares represores de los países vecinos latinoamericanos era algo
impensable. Con esto, el presidente Raúl Alfonsín quedó a la vanguardia de su
época en el tema de derechos humanos y tuvo que soportar las consecuencias de
haber realizado estos juicios padeciendo importantes levantamientos militares. Este juicio, que fue único
en la historia, tuvo un alto impacto, tanto político como psicológico a nivel
nacional y una increíble trascendencia a nivel internacional. Gracias a éste,
después comenzaron a proliferar otros juicios a miembros del ejército y de la
marina de menor rango.